La Confederación General del Trabajo (CGT) ha emitido un comunicado en el que afirma que «el RD 18/2020, tras el acuerdo alcanzado el Gobierno del Estado español, las patronales CEOE y CEPYME y los sindicatos institucionales CCOO y UGT, esconde más precariedad y sufrimiento para la clase trabajadora en la crisis sobrevenida por el Covid-19».
Según la organización, esta ley es un paso más en todo el recorrido normativo desde el inicio del estado de alarma, en el que finalmente el Gobierno de Sánchez e Iglesias ha terminado cediendo a la presión de la patronal. En este sentido, CGT denuncia que este decreto «avala la continuidad de los ERTE por fuerza mayor para las empresas que no pueden reanudar su actividad, posibilita que las que ya han aplicado un ERTE puedan cambiar la suspensión de los contratos por reducciones de jornadas según la oferta y la demanda, posibilita la prórroga de los ERTE y sus medidas complementarias ante situaciones excepcionales como la que actual por Covid-19 y autoriza la tramitación de un ERTE por causa de fuerza mayor retrotrayendo los efectos a la terminación del primer ERTE».
Por otro lado, añaden que para las empresas en situación de prórroga del ERTE por fuerza mayor que no pueden reanudar su actividad, se mantiene la exoneración de la aportación empresarial a la Seguridad Social
«Este Real Decreto pretende establecer medidas novedosas ante la actitud que adoptarán algunas empresas hacia las personas trabajadoras, aprovechando la situación de crisis. De este modo, inciden desde la CGT, aquellas entidades que estén domiciliadas en paraísos fiscales no podrán acogerse a ERTE por fuerza mayor. CGT señala que además, hay que poner especial atención al concepto de empresa, porque deja fuera los grupos de empresas, y otras formas mercantiles- que intentan difuminar su responsabilidad jurídica. Este hecho también impedirá que puedan repartir dividendos», aseguran en el comunicado.
En relación a la salvaguarda del empleo durante los 6 meses siguientes a la finalización del ERTE, CGT explica que este tiempo queda recortado porque estos meses computarán desde que se produzca la reanudación de la actividad, aunque la misma sea parcial.