Desde este sábado los consumidores y clientes de bares y restaurantes podrán reclamar información por escrito de los alérgenos presentes en los menús y alimentos sin envasar que se sirvan. Esta norma también alcanza a los hospitales y a todos los lugares que sirvan comidas.
Así se recoge en el reglamento aprobado por la Unión Europea en 2011 y que desde este 13 de diciembre es de obligado cumplimiento en España, según aseguraba este viernes la Asociación Española de Personas con Alergia a Alimentos y Látex (Apnaa).
Esta normativa incluye mejoras en la actual normativa de etiquetado de los alimentos envasados y, por primera vez, obliga a disponer de la información alimentaria relacionada con las 14 sustancias alergénicas de declaración obligatoria también en alimentos no envasados, a granel y de venta a distancia.
Según la Aepnaa, este reglamento afecta a cualquier centro que proporcione alimentos envasados o no envasados, como los establecimientos de hostelería, restauración, hospitales, comedores escolares y comercios minoristas, como panaderías, carnicerías, etc.
La información debe ser clara y accesible por el personal de hostelería y restauración, que tendrá que responder a las solicitudes de los clientes con alergia a alguno de los 14 alérgenos de declaración obligatoria que lo requieran.
En Españao, la alergia a algún alimento afecta a 1,3 millones de personas, el 3% de la población y 7 de cada 10 reacciones alérgicas graves ocurren cuando la gente come fuera de su casa.
“Para evitarlas es imprescindible que la persona alérgica tenga la información sobre las sustancias presentes en los alimentos que pueden poner en riesgo su salud”, explicó la presidenta de la Aepnaa, Pilar Hernández.
Esta asociación señala que en breve se espera la publicación de un real decreto que significará el desarrollo en el ámbito nacional del reglamento europeo, en lo que respecta a los alimentos no envasados.