Uno de cada tres parados españoles reconoce haber rechazado una oferta de trabajo pese a no tener un empleo en el momento de hacerlo, según la Guía del Mercado Laboral 2017 de Hays.
Mientras, el paro sube en 17.200 personas en el primer trimestre de 2017 -un 0,41% más respecto al trimestre anterior- y se destruyen 69.800 empleos hasta situarse el total de desempleados en 4.255.000 personas, según se extrae de la primera Encuesta de Población Activa (EPA).
Por comunidades autónomas, los desempleados catalanes son los que más han rechazado algún empleo (34%), seguidos de los vascos (33%) y valencianos (32%). Los madrileños (31%) y los andaluces (29%) se sitúan por debajo de la media nacional.
Pero, ¿por qué lo hacen? El motivo principal es el salario. Según el 40% de los encuestados por Hays, el sueldo ofrecido estaba por debajo de sus expectativas. Otras razones son las condiciones laborales (30%); funciones inferiores a la cualificación (21%); la obligación de hacerse autónomos para poder obtener el empleo (18%); inexistencia de conciliación laboral (14%); tipo de contrato (13%); filosofía de la empresa (11%), y poca estabilidad (10%).
Aun así, no pierden la cobertura de paro. Tres son las ofertas de empleo que un parado tiene que rechazar para perder definitivamente su prestación por desempleo.
Según el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), “rechazar una oferta de empleo adecuada, ya sea ofrecida por el Servicio Público de Empleo o por las Agencias de Colocación sin fines lucrativos, salvo causa justificada, es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal inicie un procedimiento sancionador por infracción grave que puede concluir con la pérdida de tres meses de prestación la primera vez que se incumple, de seis meses la segunda vez, y la extinción de todo el derecho si hay una tercer incumplimiento”.
El SEPE considera una infracción grave rechazar una oferta de empleo «adecuada» y negarse a participar en programas de empleo o formación. ¿Cuál sería la sanción si se comete esta infracción? En primer lugar se impondrá una pérdida del subsidio durante tres meses. En caso de reincidencia, se sancionará con la pérdida de la prestación durante otros seis meses y, si hubiera una negativa por tercera vez, es cuando se retira de forma permanente el subsidio.
Las sanciones en la Unión Europea
El ‘no’ a las ofertas de trabajo sin causa justificada cuando se está en situación de desempleo también se sanciona en los distintos países de la Unión Europea.
Alemania: Quienes durante un año rechacen un empleo de potenciales empleadores, se le descontará un 30% de las ayudas. Si reincide, un 60%. Y si por tercera vez rechaza un empleo ofertado, se le quitará la totalidad del subsidio por paro. En el caso de los menores de 24 años, se le quitará el 100% en la primera reincidencia además del pago del alquiler. El Job Center tendrá además el derecho a acceder a los datos bancarios del beneficiarios de manera mensual (antes: cada tres meses), desde ahora, también a los de sus familiares.
Francia: No existe la presión para aceptar un trabajo. Los motivos para decir ‘no’ a una oferta son muy variadas, generales y en la mayoría de los casos, aceptadas con comprensión por unos funcionarios abrumados por la enorme tarea diaria.
Reino Unido: No está determinado un número de rechazos de ofertas de empleo para retirar la cobertura por paro. El desempleado puede perder su prestación, pero no ocurre de forma inmediata: la oficina de empleo suspende el cobro en un plazo breve después de no aceptar varias ofertas adecuadas con el perfil del demandante de empleo.