Comienza la campaña de la renta que durará hasta el 30 de junio. Los más rápidos, ya pueden solicitar el borrador de la declaración de la renta por Internet (https://www.agenciatributaria.gob.es) o por teléfono (901 200 345 / 901 12 12 24). Aquellos que prefieran hacerlo de forma presencial deberán esperar al 5 de mayo.
QUIÉNES DEBEN PRESENRAR DECLARACIÓN DE LA RENTA
– Se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador.
– Sí están obligados aquellos ganen menos de 22.000 euros y hasta un suelo de 11.200, y la suma de las cantidades percibidas del segundo pagador y restantes superan los 1.500 euros anuales.
– También están obligados a declarar, aquellos contribuyentes que teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
DECLARACIÓN TELEMÁTICA
– Desde el 1 de abril, se pueden solicitar los datos fiscales y el borrador, por Internet y por teléfono.
– La presentación de declaraciones (PADRE) se podrá hacer a partir del 23 de abril, únicamente por Internet.
DECLARACIÓN PRESENCIAL
-Los lugares de presentación son las oficinas de la Agencia Tributaria, de los Ayuntamientos y Entidades colaboradoras
–Del 5 de mayo al 30 de junio, se procederá a la presentación de esas declaraciones no telemáticas, así como la confirmación de borradores no telemáticos.
–Del 12 de mayo al 30 de junio, se realizan las modificaciones de borradores y a la confección personalizada de declaraciones de IRPF.
DEVOLUCIÓN
Las primeras devoluciones se realizarán a partir del 3 de abril. Los beneficiados serán aquellos que han presentado la declaración por vía telemática).
FRACCIONAMIENTO DE PAGO
Se puede fraccionar en dos partes. El primer plazo, del 60% del importe a pagar, cuando se realiza la declaración. El segundo plazo, de un 40% del importe a pagar, concede el plazo hasta el mes de noviembre.
TODAS LAS FECHAS
1 de Abril: Inicio solicitud telemática del borrador y de información telefónica.
3 de Abril: Inicio devoluciones de borrador.
23 de Abril: Inicio de las declaraciones telemáticas.
5 de mayo: Inicio del servicio de cita previa y de las presentaciones no telemáticas. Inicio de las devoluciones.
12 de mayo: Inicio de la campaña presencial
25 de junio: Fecha límite para solicitar la domiciliación
27 de junio: Fin del servicio de concertación de la cita previa
30 de junio: Fin de la campaña