Concretamente, el sindicato se refiere a una nueva sentencia sobre esta cuestión dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y que confirma el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que dictó en 2013.
En el fallo, se rechaza el recurso interpuesto por la Consejería de Educación y el sindicato recalca que Educación ahora debe efectuar los llamamientos de los trabajadores inscritos en las Bolsas de Trabajo vigentes en la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, «por riguroso orden de puntuación» y, en consecuencia, se proceda a formalizar las contrataciones temporales en función de dicho orden de prioridad.
Esta nueva sentencia viene en la línea de otras anteriores sobre la misma cuestión que indican que la Consejería debe recurrir a estas bolsas de trabajo para la cobertura de dichos puestos para campeonatos escolares y otras actividades extraescolares.