«Inhabilitar a una persona para una futura ocupación debido a la existencia de condenas previas puede suponer un obstáculo que dificulte su integración en la sociedad», señala Becerril en su informe.
El documento recoge que los antecedentes penales se crean cuando existe una condena firme y pueden tardar hasta cinco años en cancelarse, «por lo que es posible que los hechos delictivos se hayan cometido mucho tiempo antes de la obtención o renovación del permiso municipal».
Considera que carecer de antecedentes penales para ser taxista podría estar justificado por razones de interés general, «siempre que con ello se persiga la protección de la seguridad de los usuarios, para lo que sería necesario que la comisión de los delitos previos tuviera directa relación con la peligrosidad del conductor».
La normativa «no distingue entre clase de delitos», por lo que el Defensor del Pueblo recomienda la supresión de ese requisito.