La sentencia rechaza la moción de censura que dos concejales tránsfugas apoyados por otros dos del Partido Regionalista-Candidatura Independiente presentaron contra la alcaldesa de Esguevillas, Nieves Díez Sagredo, del Partido Popular. La decisión judicial permitirá el retorno a la Alcaldía a la regidora.
En concreto, y según las mismas fuentes, la sentencia reconoce que la moción de censura del pasado 13 de septiembre de 2013 vulnera el Artículo 197 de la LOREG y la reforma del mismo por Ley Orgánica 2/2011. La iniciativa fue impulsada por dos concejales que tras presentarse a las elecciones por el Partido Popular y ser elegidos para el cargo habían pasado voluntariamente al grupo de concejales no adscritos del Ayuntamiento. Estos dos ediles fueron apoyados por otros dos pertenecientes al Partido Regionalista de Castilla y León-Candidatura Independiente que sumaban la mayoría suficiente para hacer efectiva la moción.
El fallo, sin embargo, pone de manifiesto que la mayoría en la que se basó la moción atentaba contra la legalidad vigente puesto que aquellos concejales que hayan pertenecido al equipo de Gobierno y hayan abandonado el mismo por voluntad propia «no pueden hacer efectivos sus votos para desalojar de su cargo al alcalde elegido en las urnas».