La sentencia de la Sección Segunda de lo Penal, que preside Feliciano Trebolle, desestima así el recurso de apelación del Ministerio Fiscal, al que se adhirió la acusación particular, contra la sentencia absolutoria dictada en noviembre de 2014 por el Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid, con lo que queda cerrado el caso al no caber ya la interposición de recurso ordinario alguno, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
En su resolución, la sala rechaza la repetición de todas las pruebas ya practicadas en el acto del juicio oral, tras recordar que tal posibilidad no aparece regulada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y alude a la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que señalan la dificultad de revocar una sentencia absolutoria de instancia cuando el juez de lo penal ha llegado a tal convicción.
«Partiendo de ello, y observando la valoración que el juez de lo Penal ha realizado de la actividad probatoria obrante en el presente procedimiento, con apoyo en el principio de inmediación y utilizando principios lógicos y racionales, este tribunal llega a igual convicción que obtuvo el juzgador», indica el tribunal para justificar la confirmación del fallo absolutorio.
En la sentencia ahora confirmada, el juez de lo Penal 3 fundamentó la absolución en el hecho de que la declaración por sí sola de la víctima en este caso no bastaría para dar por probados los hechos objeto de acusación, «pues siendo creíble su versión y persistente su incriminación, se advierten vaguedades y comportamientos que hacen quebrar la incredibilidad subjetiva del denunciante».
Sin embargo, el juzgador sí reconocio que el acusado, entre otras cuestiones, no había dado respuesta satisfactoria ni a los SMS mandados a su subordinado ni a las razones del despido de éste.
En el primer caso, «obviamente, el contenido de las expresiones es, cuanto menos, inapropiado en una relación jefe-empleado, expresiones como «Tkm», acrónimo de «te quiero mucho»; «cariño», «guapo», «besos», referencias a la vestimenta o aspecto personal del querellante que están totalmente fuera de lugar en una relación laboral en la que no existe amistad reconocida».
Y en cuanto al despido del intérprete, el juez entendía que el mismo «obedece, exclusivamente, a razones puramente personales del acusado, sin base legal alguna y como represalia a la negativa de Gregorio a tener un trato más personal con él. Que el despido fue una represalia personal no es discutible cuando la propia carta reconoce la improcedencia del cese».
COMPORTAMIENTO INCORRECTO
Con este análisis de la prueba, el juzgador llegó a la conclusión de que «el comportamiento del acusado no fue correcto en cuanto a la relación jerárquica entre jefe y empleado, que el contenido de sus mensajes son de clara extralimitación en una relación laboral, que suponen un acercamiento afectivo fuera de los usos socialmente aceptados y comprometen la situación de un dependiente jerárquico como es el querellante, y que en el contexto de una relación laboral como la descrita sólo pueden entenderse como insinuaciones de tipo afectivo y/o sexual», aunque no veía que los hechos tuvieran suficiente entidad para integrar el tipo penal por el que había sido acusado Luis Miguel J.F, fundalmentalmente al no haberse probado que el querellado exigiera favores sexuales del querellante.
Durante el juicio, el ahora absuelto proclamó su inocencia, consideró que los hechos se habían «exagerado» y enmarcó el trato dispensado al denunciante en su talante abierto. «Soy cariñoso con todo el mundo», alegó entonces.
Pese a ello y la petición absolutoria de su defensor, tanto el fiscal como la acusación particular se habían mostrado firmes tanto en la tipificación de los hechos y como en la solicitud de penas, en el caso de la acusación pública consistente en una multa de 4.320 euros y el pago, en concepto de responsabilidad civil, de 2.000 euros en favor del denunciante, mientras que el letrado de este último había pedido una pena a seis meses de prisión y al abono de una indemnización de 7.000 euros.
La relación entre denunciado y denunciante, que desempeñó para el primero la tarea de intérprete personal entre abril de 2010 y el 14 de marzo de 2011, fecha de su despido, fue analizada durante el juicio, donde el máximo responsable de Fapscl, negó haber realizado tocamientos al trabajador y haberle amenazado con el despido si no se sometía a sus supuestas pretensiones de índole sexual, aunque reconoció los mensajes enviados a Gregorio R.B, si bien los atribuyó a su talante «cariñoso con todo el mundo» y sin ninguna segunda intención.
El presidente de la Fapscl explicó que su comportamiento con el denunciado y el resto de la plantilla se circunscribió al plano meramente «profesional» y sostuvo que la decisión final de despedir a su intérprete personal no fue en represalia a la negativa de éste a plegarse a sus deseos sexuales, contrariamente a lo que sostuvo el denunciante, sino tras varios desplantes del trabajador.
«Me faltaba al respeto y siempre quería quedar por encima», especificó Luis Miguel J.F, quien declaró que por eso convocó a la Comisión Permanente de Feapscl y propuso su despido inmediato de la organización.
Sin embargo, el extrabajador de Fapscl relató la pesadilla sufrida cuando en abril de 2010 dejó su puesto en la asociación local y pasó a la regional para convertirse en el intérprete del presidente, ya que el inicial «tracto correcto» comenzó gradualmente por parte de Luis Miguel a derivar hacia una relación excesivamente «cariñosa» y en la etapa final a auténticas «extralimitaciones».
En este sentido, el denunciante, amén de los SMS recibidos, recordó sobre todo distintos viajes en los que tuvo que acompañar al presidente a distintas ciudades y los toqueteos «bastante desagradables» de éste en la pierna y la entrepierna cuando ambos compartían coche.
Pero el viaje que más le marcó, según explicó en el juicio, fue el efectuado en 2010 a Santiago de Compostela, con motivo del Día Internacional de las Personas Sordas, donde el presidente se las arregló para que ambos compartieran habitación en el hotel, a pesar de que en un principio al acusado le habían asignado otro compañero de dormitorio.
DESNUDO Y BRAZOS EN JARRA
«Tenía pánico y como la maleta con mi ropa la tenía otra compañera y no pude ponerme el pijama llegué a dormir con el traje», rememoró G.R.B, quien añadió que esa noche no pasó nada pero a la mañana siguiente asegura que el presidente se puso ante él en tanga, luego desnudo y brazos en jarra y tras comunicarle que se iba a duchar le dijo que podía entrar en el baño «para lo que quisiera».
El intérprete subrayó que fue el episodio «más traumático» de los sufridos por parte del denunciado, de quien aseguró que en ocasiones, para minar su rechazo a los favores sexuales, le amenazaba con despedirle e incluso con hacer todo lo necesario para que no volviera a encontrar trabajo.
Pese a ello, el trabajador aseguró haber rechazado todos los ofrecimientos y solicitó a su supuesto pretendiente que le reubicara en su anterior puesto de trabajo, a partir de lo cual el máximo responsable de Fapscl, tal y como entendían probado las acusaciones, comenzó a realizar comentarios denigrantes sobre su rendimiento laboral, hasta finalmente llegar a su despido.